Impuestos sobre DeFi Lending de Criptomonedas en España
El DeFi lending genera más eventos fiscales de los que la mayoría de usuarios percibe. Depositar en un protocolo de lending, recibir intereses, retirar el capital y sufrir una liquidación pueden constituir, cada uno, un hecho imponible separado en el IRPF. La AEAT no ha publicado instrucción específica sobre DeFi, pero las reglas generales de permutas y rendimientos se aplican a cada paso.
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Probar la calculadora →Eventos fiscales en el lending DeFi
Casi toda interacción DeFi implica intercambiar un token por otro, y ese intercambio es una transmisión a efectos fiscales.
Depósito en protocolo de lending
Cuando depositas ETH en Aave y recibes aETH, puede analizarse como una permuta: dispones de ETH y adquieres un nuevo activo (aETH). Según las reglas generales de la AEAT, una permuta genera ganancia o pérdida patrimonial en el activo entregado. El valor de transmisión es el mayor entre el valor de mercado del activo entregado y el del recibido. El coste de adquisición del aETH queda fijado en ese valor de transmisión.
Este tratamiento es el enfoque conservador y no hay instrucción AEAT específica que confirme o descarte esta posición para los depósitos en lending.
Rendimientos (intereses) recibidos
Los intereses o rendimientos generados por el lending se clasifican habitualmente como rendimientos del capital mobiliario, por analogía con el interés de un depósito bancario. Son imponibles al valor de mercado en euros en el momento de la recepción o acumulación. Este valor se convierte en el coste de adquisición del token de intereses recibido.
Retirada del protocolo
Cuando retiras (aETH a ETH) puede analizarse como otra permuta. La ganancia o pérdida patrimonial en el aETH se calcula como: valor de transmisión del aETH menos su coste de adquisición (el valor al que depositaste originalmente).
CeFi lending (Nexo, productos Earn de exchanges)
En el lending centralizado, el usuario deposita cripto y recibe intereses sin recibir tokens derivados. El depósito en sí no genera evento fiscal si no hay intercambio de token. Los intereses son rendimientos del capital mobiliario imponibles al recibirlos.
Protocolos de lending y sus mecánicas fiscales
Aave
Depositar ETH genera aETH (interest-bearing token). El balance de aETH crece con el tiempo conforme se acumulan intereses (rebase). Depósito: posible permuta ETH a aETH. Retirada: posible permuta aETH a ETH más intereses acumulados. El componente de intereses acumulado puede analizarse como rendimiento al acumularse o al retirar, dependiendo del enfoque adoptado. La AEAT no ha publicado criterio específico para este mecanismo de rebase.
Compound
El depósito genera cETH. El tipo de cambio cETH/ETH aumenta con el tiempo. La lógica de permuta es la misma que en Aave. Los tokens de gobernanza COMP distribuidos como recompensa adicional son un ingreso separado al valor de mercado cuando se reciben.
Protocolos de pools de liquidez (Uniswap, Curve)
Añadir tokens a un pool de liquidez puede implicar una permuta o varias. Retirar liquidez puede implicar otra permuta. Las comisiones y recompensas en tokens de gobernanza recibidas habitualmente se analizan como rendimiento al recibirlas. La AEAT no ha publicado orientación específica sobre pools de liquidez. Este es uno de los supuestos con mayor incerteza fiscal en toda la DeFi - depende de la estructura del protocolo y la naturaleza jurídica del token LP recibido.
Pedir prestado (borrowing) en DeFi
Tomar un préstamo con garantía cripto no es en sí un evento fiscal. Aportar ETH como garantía (colateral) y recibir una stablecoin prestada no genera ganancia ni pérdida en el momento del préstamo.
Sin embargo, si la posición se liquida porque el valor del colateral cae por debajo del umbral, la liquidación es una transmisión forzosa del colateral. Esa transmisión genera ganancia o pérdida patrimonial sobre el colateral liquidado.
Liquidaciones: el evento fiscal inesperado
En el lending DeFi, cuando el valor del colateral cae por debajo del ratio de liquidación, el protocolo vende automáticamente el colateral para repagar el préstamo. Para el usuario, esto es una transmisión involuntaria del colateral al precio de liquidación.
- Ganancia patrimonial = precio de liquidación - coste de adquisición del colateral (puede ser positivo o negativo)
- Si el precio de liquidación es inferior al coste de adquisición: pérdida patrimonial, potencialmente deducible
- El usuario puede no ser consciente de que la liquidación ocurrió hasta revisar el historial on-chain
DYOR.tax detecta las liquidaciones on-chain automáticamente y calcula el impacto fiscal.
Ejemplo práctico: lending en Aave
| Evento | Detalle | Tratamiento fiscal |
|---|---|---|
| Depósito 5 ETH a 5 aETH | Coste ETH: 10.000 €. Valor de mercado ETH al depósito: 10.500 € | Permuta: G.P. de 500 € en ETH (10.500 - 10.000). Coste aETH: 10.500 € |
| Acumulación de intereses | Balance crece a 5,15 aETH | 0,15 ETH equiv. de intereses: posible rendimiento del capital mobiliario al acumularse o al retirar, dependiendo del criterio adoptado |
| Retirada 5,15 aETH a 5,15 ETH | Valor de mercado ETH a la retirada: 12.000 € | Permuta: G.P. sobre aETH = 12.000 - 10.500 = 1.500 € |
Nota: La mecánica exacta depende del protocolo y su tratamiento puede diferir según el enfoque adoptado. Consulta a un asesor fiscal para posiciones relevantes.
Obligaciones de información en DeFi
- Protocolos descentralizados y modelos informativos: Los protocolos DeFi plenamente descentralizados no encajan de forma natural en los modelos informativos españoles (172/173) concebidos para custodios e intermediarios. El acceso a un protocolo a través de un front-end centralizado o un intermediario puede cambiar este análisis. El contribuyente asume la responsabilidad de rastrear y declarar su actividad.
- Modelo 721: La obligación de presentar el Modelo 721 requiere que exista custodia de terceros en el extranjero. Las posiciones en protocolos de autocustodia - donde los tokens aETH o cTokens están directamente en tu cartera on-chain - generalmente no encajan en ese supuesto, aunque la situación puede variar según la estructura concreta del protocolo o del front-end utilizado.
- DAC8 y Modelo 175: En 2026, la AEAT ha anticipado la futura aprobación del Modelo 175 en el marco de la transposición de DAC8, orientado principalmente a proveedores centralizados de servicios de criptoactivos. Los protocolos plenamente descentralizados no están en el núcleo de su ámbito.
- IRPF: Campaña de la Renta 2025 comienza el 8 de abril de 2026.
Tipos de la base del ahorro aplicables
Las ganancias patrimoniales y los rendimientos del capital mobiliario derivados de DeFi se integran en la base del ahorro del IRPF, sujetos a los siguientes tipos:
| Tramo base del ahorro | Tipo estatal + autonómico |
|---|---|
| Hasta 6.000 € | 19% |
| De 6.000 € a 50.000 € | 21% |
| De 50.000 € a 200.000 € | 23% |
| De 200.000 € a 300.000 € | 27% |
| Más de 300.000 € | 30% |
Errores frecuentes en la declaración del DeFi
- Ignorar que el depósito puede ser una transmisión. Depositar ETH en Aave no es "aparcar" el activo. Recibir aETH puede implicar una permuta con ganancia en el ETH entregado.
- No registrar los intereses al acumularse. Los rendimientos DeFi son imponibles cuando se generan, no solo cuando se retiran.
- No detectar liquidaciones. Las liquidaciones automáticas pasan desapercibidas y no aparecen en los CSV de exchanges. DYOR.tax las detecta on-chain.
- No separar el token LP del activo subyacente. El token LP tiene su propio coste de adquisición y su propia base para el cálculo de ganancia o pérdida al retirarlo.
- Confundir retiradas propias con transmisiones. Los depósitos y retiradas entre tus propias carteras no son transmisiones y no generan ganancia o pérdida patrimonial por sí mismos.